Se ha generado una polémica por el uso o no del concepto de República de Chile en la Convención Constitucional, y en Lupa Constitucional te lo explicamos.

¿Cuándo empezó la tendencia?

La semana pasada tres subcomisiones trabajaron desde la Casa Central de la Universidad de Chile, todas pertenecientes a la Comisión de Reglamento.

Fue en la subcomisión de «Estructura Orgánica y Funcionamiento» del día 11 de agosto en donde se discutió el texto base del reglamento.

Uno de los integrantes de la subcomisión, Hernán Larraín Matte subió en su cuenta de Twitter: «Algunos aprobaron excluir la expresión “República de Chile”. Tal cual. Es un error de fondo y forma».

Fueron varios los constituyentes, políticos y personas de distintas áreas que cuestionaron la decisión, sin embargo, a continuación te explicamos lo que ocurrió.

La indicación sobre la «República de Chile»

En la instancia, coordinada por Rosa Catrileo y Mauricio Daza, se habló sobre los principios del reglamento de la Convención Constitucional.

Una de las indicaciones propuestas fue la de la constituyente Rosa Catrileo para modificar el Artículo 2, que señalaba:

“El reglamento tiene por objeto establecer la organización, el funcionamiento y los procedimientos de la Convención Constitucional de la República de Chile, cuya finalidad es elaborar una nueva propuesta de texto de nueva Constitución”.

La indicación sustitutiva de la convencional Catrileo, estipulaba: «En el Artículo 2 elimínese la expresión de la República de Chile«, argumentando que «es en concordancia con el artículo primero con el cual declaramos que la Convención Constitucional es plurinacional y que además donde reconocemos que la soberanía reside en los pueblos de Chile«.

Las reacciones a la propuesta de eliminación

Tras la argumentación de la constituyente, Hernán Larraín Matte le preguntó: «¿el sentido de sacar la noción de República de Chile es porque sería excluyente de la existencia de distintos pueblos?».

A lo que Catrileo respondió que «no, no es ese el sentido, sino que es para que esté en concordancia con el artículo primero, en el sentido de que refleja que la Convención Constitucional es de los pueblos de Chile».

Se sumó ala discusión Luis Jiménez destacando que colocar: «República plurinacional sí visibiliza que hay distintos pueblos», en cambio República de Chile «tradicionalmente se ha entendido como sinónimo de Estado nación».

Constanza Hube reclamó que «estos son los tipos de discusiones de fondo, que se deberían dar en las comisiones temáticas no en la comisión de reglamento, y son precisamente este tipo de decisiones los que le quitan legitimidad a la Convención Constitucional».

Mauricio Daza precisó que «todas las normas que estamos discutiendo y debatiendo tienen que ver con el reglamento de funcionamiento de la Convención Constitucional, y no son vinculantes desde esa perspectiva al debate de fondo».

¿Qué pasó con el concepto de República en la Convención?

Tras las distintas impresiones de los constituyentes sobre la indicación, y el uso o no del concepto de República de Chile en la Convención, se procedió a la votación.

El resultado fue de nueve votos a favor y dos en contra, por lo tanto, fue aprobada la moción que eliminaba el concepto de República de Chile en el Artículo 1 del texto base.

Los constituyentes a favor fueron: Luis Jiménez, Janis Meneses, Amaya Alvez, Claudio Gómez, Helmuth Martínez, Tammy Pustilnick, Hugo Gutiérrez, Mauricio Daza y Rosa Catrileo.

Por la negativa fueron solo dos constituyentes, ambos pertenecientes a Vamos por Chile, Constanza Hube y Hernán Larraín Matte.

En resumen, se eliminó el concepto de República para el objeto del reglamento que se va a proponer a la Convención, y en ningún caso esto significa que se eliminará la República o que tendremos una Monarquía en el país.

Te recomendamos leer algunas de las informaciones que hemos verificado en Lupa Constitucional, como el supuesto aumento de sueldo de los constituyentes o las vacaciones que habrían aprobado en el pleno.