La Comisión de Ética tipificó el concepto de negacionismo en la Convención Constitucional, y en Lupa Constitucional te contamos su definición.
Las propuestas sobre negacionismo en la Comisión de Ética
Este martes 17 de agosto en la Comisión de Ética se continuó definiendo los tipos de violencia, y se abordó el concepto de negacionismo.
Eran dos las indicaciones para el Artículo 23 del Reglamento de Ética, una propuesta por el constituyente Maximiliano Hurtado con un foco más histórico, pero que no alcanzó a ser votado.
Lo anterior producto de la aprobación de la iniciativa de negacionismo del constituyente y coordinador Marcos Barraza, con 14 votos a favor.
En ella se contemplan tres hitos históricos, el periodo de dictadura, el estallido social y las violaciones a los derechos humanos de los pueblos originarios.
La definición de negacionismo para la Convención
Tras unas modificaciones al texto por parte de Christian Viera, Félix Galleguillos, Lidia González y Marcos Barraza, la definición quedó de la siguiente forma:
Se entenderá por negacionismo, toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
Las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a este.
Así también, se entenderá como negacionismo toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, las atrocidades y el genocidio cultural de las que han sido víctima los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la constitución del Estado de Chile.
Las reacciones a la definición de negacionismo en la Convención
En redes sociales algunos constituyentes se refirieron al artículo aprobado por la Comisión de Ética, estas son algunas de las declaraciones:
Marcos Barraza, celebró la aprobación y destacó que “buscar la deshonra de las víctimas o de la memoria de quienes fueron violentados en sus derechos humanos es razón suficiente, no solo perturbar la paz pública”.
Hoy en la comisión de Ética de la Convención Constitucional aprobamos establecer una definición de "negacionismo".
Buscar la deshonra de las víctimas o de la memoria de quienes fueron violentados en sus derechos humanos es razón suficiente, no solo pertubar la paz pública. pic.twitter.com/Y8ZGvj27yb— Marcos Barraza (@MarcosBarrazaG) August 18, 2021
Alondra Carrillo constituyente por el Distrito 12, destacó: “Muy buena noticia desde la Comisión de Ética: se aprobó el art.23, donde se define negacionismo y se incluye lo relativo a delitos de lesa humanidad tras el Golpe de Estado, delitos perpetrados tras la Revuelta y atrocidades y el genocidio cultural contra las primeras naciones”.
📢Muy buena noticia desde la Comisión de Ética: se aprobó el art.23, donde se define negacionismo y se incluye lo relativo a delitos de lesa humanidad tras el Golpe de Estado, delitos perpetrados tras la Revuelta y atrocidades y el genocidio cultural contra las primeras naciones pic.twitter.com/0sw7jMLJgB
— Alondra Carrillo Vidal (@AlondraCVidal) August 18, 2021
Sin embargo, también hubo voces críticas, como la constituyente del Distrito 11, Marcela Cubillos quien escribió: “No. “Aún” existe libertad de expresión y de emitir opinión sin censura previa. Algunos en su afán refundacional totalitario actúan como si ya hubieran redactado y aprobado una Const nueva. La opinión de una comisión no está por encima de las garantías constitucionales”.
No. “Aún” existe libertad de expresión y de emitir opinión sin censura previa. Algunos en su afán refundacional totalitario actúan como si ya hubieran redactado y aprobado una Const nueva. La opinión de una comisión no está por encima de las garantías constitucionales. https://t.co/ovPtH8kJar
— Marcela Cubillos Sigall (@mcubillossigall) August 18, 2021
Es necesario aclarar que este artículo como los otros debe ser aprobado aún por el pleno de la Convención Constitucional, y después de aquello se podrán determinar las sanciones correspondientes.
¿Cuál es el mandato de la Comisión de Ética?
- Elaborar una propuesta de Comité de Ética, Probidad, Transparencia, Prevención y Sanción de las violencias, que cumpla con la función de recibir, dar seguimiento y resolver conflictos que puedan derivarse de la convivencia o del ejercicio del cargo.
- Elaborar una propuesta de reglamento de ética y convivencia, de prevención y sanción de la violencia política y de género, discursos de odio, negacionismo y distintos tipos de discriminación, y de probidad y de transparencia en el ejercicio del cargo.
- Proponer un presupuesto adecuado para estos objetivos.
- Velar por el cumplimiento de la ley 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
Te recomendamos visitar Lupa Constitucional donde hemos abordado distintos temas, como las renuncias a La Lista del Pueblo, la supuesta eliminación de la República y más.