Durante esta mañana, en el Pleno de la Convención se sometió a votación la aprobación o rechazo del quórum de dos tercios para determinadas normas. Tras la sesión, la Convención decidió aprobar que todas las normas de los reglamentos sean ratificadas por mayoría simple. ¿Qué significa esta decisión? En Lupa Constitucional te lo explicamos.
A las 9:30 partió la 20° sesión del Pleno de la Convención Constituyente. El primer punto a tratar fue la pertinencia de aprobar por un quórum de 2/3 algunos de los artículos contenidos en las propuestas de reglamento. En total, fueron 30 artículos los que se sometieron a votación, pertenecientes a los cuatro reglamentos.
Para efectos de esta votación, estar «a favor» significa estar de acuerdo con que ese artículo se vote de forma separada y con quórum de dos tercios. Por lo tanto, la preferencia «en contra» significa que el o la constituyente está de acuerdo con que esa votación se ratifique con una mayoría simple.
Tras una larga votación, se decidió que todas las normas de los reglamentos podrán ser aprobadas por mayoría simple.
¿Qué significa mayoría simple? Que para ratificar una propuesta se necesita el 50%+1 del total de los constituyentes en ejercicio. Es decir, cada artículo o reglamento podrá aprobarse si obtiene al menos 78 votos a favor en las votaciones respectivas.
¿Y las propuestas de reglamentos?
Una vez la Convención decidió aprobar que todas las normas de los reglamentos sean ratificadas por mayoría simple, dio inicio la segunda parte. En ésta, el pleno pasó a votar las propuestas, en general, de cada uno de los reglamentos.
La propuesta del Reglamento General fue ratificada con 145 votos a favor, 6 en contra y una abstención. El texto de Ética fue aprobado con 113 votos a favor, 28 en contra y 11 abstenciones.
El Reglamento de Participación y Consulta Indígena fue aprobado por 134 convencionales, rechazado por 15 y 10 se abstuvieron. Mientras que el texto de Participación Popular y Equidad Territorial obtuvo 134 votos a favor, 5 en contra y 13 abstenciones
Así mismo, también se aprobó, por 113 votos a favor, 23 en contra y 16 abstenciones, las Bases, principios y normas de Derechos Humanos, Individuales, Colectivos, Ambientales y de la Naturaleza. Cabe recordar que este documento fue formulado por la Comisión de Derechos Humanos, Verdad Histórica, y Bases para la Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición.
A partir de hoy, se les dará un plazo de 48 horas a los convencionales para realizar indicaciones. Éstas serán recibidas hasta las 13:37 del día jueves 16 de septiembre, vía correo electrónico.
¿Y qué pasó con la regla de los dos tercios para aprobar normas constitucionales?
Los resultados de la votación no deben confundirse con la aprobación o el rechazo del artículo 94 del Reglamento General, el cual habla de la aprobación de las Normas Constitucionales. Lo que se decidió hoy fue que, cuando llegara el momento de votar este artículo, se necesitara de una mayoría simple para ratificarlo.
Cabe recordar que el artículo 94 propone que todas las normas de carácter constitucional necesiten un quórum de 2/3 para ser aprobadas. En una nota anterior de Lupa Constitucional te explicamos esta discusión y puedes leerla aquí.