En redes sociales han circulado distintas teorías, y una de ellas es que el Reglamento de la Convención Constitucional estaba escrito desde antes.

Lupa Constitucional revisó los datos y concluyó que es falso, a continuación te explicamos qué decía la información y su posterior verificación.

El Reglamento de la Convención Constitucional

El Reglamento de la Convención Constitucional ha sido una de las tareas principales a la que se han abocado las y los constituyentes.

De hecho en poco más de dos meses, se aprobaron los cuatro reglamentos, y se realizaron más de mil indicaciones a los distintos textos.

Es necesario precisar que se determinó que las distintas normas de los reglamentos fueran aprobadas por mayoría simple del pleno.

En esa situación se encuentran actualmente, es decir, están votando las 343 indicaciones del Reglamento general de la Convención Constitucional.

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¿El Reglamento estaba escrito de antes?

En redes sociales se han replicado distintas teorías, y una de ellas es que el Reglamento de la Convención Constitucional estaba escrito de antes.

Uno de los tweet que difundió el tema, señaló “Reglamento de la Constituyente que se vota mañana
Fue redactado por Rumbo colectivo en febrero 2021”.

La teoría del auto-plagio

Sobre esa misma línea, otro tweet que se viralizó señaló: “La historia de un reglamento express auto-plagiado germano”.

En eso mismo hilo de Twitter, Montserrat Nicolas, cita su nota de Blogspot en la que detalla sobre el Reglamento general:

Descubrimos que la hoja en blanco está archi copiada y manchada mediante autoplagio (?) y repartija de cargos y funciones y hasta lucas germanas andan metidas. Y es una hoja-era que no- excluyente, conservadora y anticuada.

En el mismo escrito hacen alusión al nombramiento de Amaya Alvez como coordinadora de la Comisión de Reglamento, y añade:

No dudamos de su destreza o pergaminos leguleyos pero ya que estamos en alerta, detectamos que el famoso texto del Reglamento de la comisión fue presentada por la misma Alvez y Fernando Atria y -para colmo- es tan parecido a otro texto de su agrupación que opera dentro y fuera de la CC, una junta de amigos llamada (hoy) Rumbo Colectivo y de la cual Alvez es directora.

¿Qué es Rumbo Colectivo y cuál es el rol de Amaya Alvez?

Rumbo Colectivo es una Fundación dedicada a la reflexión, investigación y desarrollo de proyectos para la profundización democrática de la vida política, económica y cultural del país.

Amaya Alvez es directora de Rumbo Colectivo, esto se puede ver en el sitio web y ha sido informado en sus Declaraciones de Intereses y Patrimonio, tanto al presentar su candidatura, como al asumir su cargo.

En donde se puede leer que es abogada desde febrero de 2021 en la Fundación Rumbo Colectivo, actividad que desempeña sin remuneración.

Toda esto lo informó a los 31 integrantes de la Comisión de Reglamento, a través de un oficio enviado con fecha 10 de agosto.

Alvez expuso su relación con la Fundación Rumbo Colectivo y también con la Universidad de Concepción, ya que ambas entidades expusieron en las audiencias públicas de la comisión.

La propuesta de Reglamento de la fundación

En Lupa Constitucional, revisamos la página de Rumbo Colectivo para buscar el supuesto Reglamento de la Convención Constitucional.

Encontramos un documento con fecha 26 de marzo de 2021, que es una propuesta de Reglamento que “recoge principios y estándares democráticos del proceso y asegura una participación incidente de la ciudadanía el proceso constituyente”.

Nos contactamos con Amaya Alvez, y desde su equipo nos comentaron que en la fundación se comenzó a reflexionar sobre el Reglamento desde agosto de 2020.

Para generar el documento: “Se invitó a conversar a distintos académicos y representantes de organizaciones sociales, se debatió con otros centros de estudios, se analizó experiencia comparada y se extrajeron conclusiones a partir de estos ejercicios colectivos”.

Este documento se puso a disposición de la opinión pública y de distintas organizaciones y centros de pensamientos que estaban interesadas en este tema en febrero 2021, como por ejemplo, la Red de Centros por una Nueva Constitución, Red Para La Participación, entre otros.

Es decir, Rumbo Colectivo realizó un ejemplo de reglamento, pero eso fue anterior a que se celebraran las elecciones de constituyentes y mucho antes a que se formaran las comisiones y la posterior propuesta.

Rumbo colectivo y las audiencias públicas en la Convención

Las distintas comisiones de la Convención Constitucional realizaron audiencias públicas para promover la participación ciudadana.

Fueron más de 1.200 las solicitudes de audiencias, y se estima que las comisiones recibieron cerca de mil intervenciones de la sociedad civil, tanto de forma presencial como online.

Rumbo Colectivo solicitó y participó en las audiencias públicas, compartiendo documentos a través de los mecanismos formales de la Convención en las comisiones de 1) Comunicaciones, Información y Transparencia, 2) Participación Popular y Equidad Territorial y 3) Comisión de Reglamento.

Debido a las normas provisorias que la Convención Constitucional autónomamente se dio, las distintas comisiones regularon los conflictos de interés que se pudieran presentar.

En el caso de Rumbo Colectivo se declaró quienes eran los miembros de su directorio, siendo público que la constituyente Amaya Alvez lo integra, y en el uso de sus atribuciones las comisiones no lo consideraron motivo de conflicto.

No era la única propuesta de Reglamento para la Convención Constitucional

En Lupa Constitucional te hemos estado informando desde el inicio de la Convención Constitucional sus distintas decisiones y procesos.

De hecho actualmente se siguen votando las más de 300 indicaciones que se le hicieron al documento del Reglamento general de la CC.

Por lo tanto, es falso decir que el Reglamento estaba escrito desde antes, pues ha pasado distintos procesos, desde las comisiones hasta el pleno de la Convención.

Además, Rumbo Colectivo no es la única organización que había hecho propuestas de Reglamento, por ejemplo el Centro UC de Políticas Públicas, también plasmo sus ideas en un documento.

Incluso en abril de 2021, La Tercera realizó una comparación entre siete propuestas de Reglamentos existentes, de la CNC, RED de Centros, SOFOFA, Horizontal, CLPT, Contexto y Rumbo Colectivo.

Algunas de las diferencias del Reglamento de Rumbo Colectivo

Para comentar  las principales diferencias con el Reglamento de Rumbo Colectivo, conversamos con el equipo de Amaya Alvez quienes nos recalcaron algunos puntos:

  • El Comité de Armonización y el proceso de armonización. Rumbo Colectivo propone un Comité de Armonización y Revisión que opera desde el inicio del procedimiento, y la propuesta de la Comisión, que recoge lo propuesto en esta materia por el mismo Frente Amplio, solo incorpora este comité en la etapa final, luego del cierre del debate constitucional.
  • La propuesta de Rumbo Colectivo centra la fuerza del debate en el Pleno, siendo las comisiones quienes sistematizan, deliberan y entregan propuestas al Pleno, incluso a través de un sistema de propuestas subsidiarias y alternativas. La propuesta de Reglamento de la Comisión de Reglamento es radicalmente distinta, y centra la fuerza de la deliberación en las comisiones. De hecho, Rumbo Colectivo ni siquiera propone número ni materias de las comisiones temáticas.
  • El Reglamento de la Convención también incorpora sugerencias y propuestas realizadas por la Articulación Territorial Elena Caffarena, las propuestas de la Convergencia Socialista, de la Red Para la Participación, el Instituto de Ciencias Alejandro Lipschutz, entre otras organizaciones.

Por todo lo anterior, es preciso señalar que es falso que el Reglamento haya sido express, debido a que son meses de trabajo y su contenido tiene influencia de distintos sectores, tanto del hemiciclo como de las audiencias públicas y más actividades de participación.