En Lupa Constitucional te dejamos un nuevo resumen semanal de la Convención Constitucional, la que estuvo marcado por los avances en los Reglamentos.
Lunes 4 de octubre
Uno de los hitos del día lunes fue “reconocer que la nueva Constitución se redacta en un contexto de Emergencia Climática y Ecológica, implementar la petición Convencional Constitucional Sustentable y realizar un comunicado oficial de la Convención, en que esta se declare en Estado de Emergencia Climática y Ecológica”.
Lo anterior fue votado en el pleno de la Convención Constitucional, siendo ratificado por 137 votos a favor, 3 en contra y nueve abstenciones.
Además, se realizó un informe parcial de la Mesa por los tres meses de trabajo de la Convención Constitucional, en la instancia habló la presidenta Elisa Loncon y el vicepresidente Jaime Bassa.
Posteriormente fue momento de la votación particular del Reglamento de Participación y Consulta Indígena, tras la aprobación del Reglamento sustitutivo.
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Martes 5 de octubre
Para este día se comenzó con la votación particular del Reglamento de Mecanismos, Orgánica y Metodologías de Participación y Educación Popular Constituyente.
El texto de 121 páginas y 456 indicaciones, era el último reglamento que el pleno tenía que poner en votación, y en su primera jornada se logró llegar hasta el Artículo 22.
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Miércoles 6 de octubre
Este día se continuó con el Reglamento de Mecanismos, Orgánica y Metodologías de Participación y Educación Popular Constituyente.
Entre los temas que fueron aprobados en el reglamento:
Se encuentra el Plebiscito Intermedio Dirimente que con 107 votos a favor, 42 en contra y 4 abstenciones, fue ratificado por el Pleno.
Un Plebiscito Intermedio Dirimente es un mecanismo de participación ciudadana que tiene el fin de determinar si incluir o desechar normas constitucionales en las que no se llegue a acuerdo dentro de la CC.
De acuerdo a María Jaraquemada, abogada y Oficial de Programa IDEA Internacional para Chile y países del Cono Sur, este es un mecanismo para resolver conflictos.
«En el fondo (el plebiscito) se trata de que cuando haya temas que tienen un cierto consenso, pero no los 2/3, haya una especie de mecanismo de resolución de conflictos».
Si quieres conocer más lee: Qué es un Plebiscito Intermedio Dirimente
Otro punto destacado es la Iniciativa Popular de Norma o Iniciativa Popular de Ley, que es una herramienta que busca la participación de la ciudadanía en la redacción de la nueva Constitución.
Permite que los ciudadanos se organicen y puedan proponer normas constitucionales a la Convención Constitucional, las que serán discutidas por los convencionales en ejercicio.
Para los que quieran participar del debate constituyente deberán inscribirse en el Registro Público de Participación de personas naturales y organizaciones, el cual será implementado por la Convención.
Para esto, se habilitará un formulario de registro que estará disponible en la página web y también en formato físico entregado por la Secretaría Técnica de Participación Popular.
Para presentar propuestas de normas las personas o grupos involucrados deben conseguir al menos 15 mil firmas que apoyen la idea y estas tienen que ser como mínimo de cuatro regiones diferentes.
De esta manera, las propuestas serán consideradas equivalentes a las presentadas por los Convencionales Constituyentes.
Quienes pueden firmar son las personas mayores de 16 años con nacionalidad chilena, extranjeros con residencia en el país y los chilenos que vivan en el extranjero.
Si quieres conocer todos los detalles, lee la nota de Lupa Constitucional sobre la iniciativa popular de norma.
Jueves 7 de octubre
Para la jornada de jueves, se terminó de votar todas las indicaciones del Reglamento de Mecanismos, Orgánica y Metodologías de Participación y Educación Popular Constituyente.
Sumado a aquello, el diputado Diego Schalper y su par Luis Pardo, asistieron al ex Congreso de Santiago a “fiscalizar” la labor de las y los constituyentes.
Fuimos con @LuisPardoS a fiscalizar la Convención. Preocupante ausencia de debate y deliberación. Graderías y varios escaños vacíos. Exigiremos que se transparenten gastos de cara a la ley de presupuesto. Y que nos informen posibilidades de acceso de la prensa. #SchalperTrabaja pic.twitter.com/jgJHoiJRnV
— Diego Schalper 🇨🇱 (@Diego_Schalper) October 7, 2021
La acción causó indignación en varias/os constituyentes, quienes fueron enfáticos en señalar que los diputados y diputadas no tienen atribuciones para fiscalizar el actuar de la Convención.
En Lupa Constitucional consultamos con el vicepresidente de la Cámara de Diputadas y Diputados, Francisco Undurraga (Evópoli), sobre la acción de los diputados de RN.
Francisco Undurraga nos señaló que los diputados y diputadas no tienen atribuciones para fiscalizar la Convención Constitucional.
Sumado a esto, de acuerdo al Artículo 52 de la Constitución de Chile, son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputadas y Diputados:
Fiscalizar los actos del Gobierno, para declarar si han o no lugar las acusaciones contra el Presidente de la República, Ministros, magistrados, delegados, etc.
Y como la Convención Constitucional no forma parte del Gobierno, por lo que Diego Schalper realizó una acción que no cabe dentro de las atribuciones para su puesto.
Lee la nota de Lupa Constitucional: Chequeo a la visita de «fiscalización» de Schalper a la Convención Constitucional