Se confirmó que la presidenta María Elisa Quinteros utilizará la prórroga que amplia el plazo de la Convención Constitucional.

Así se dio a conocer este 13 de marzo, donde entre los acuerdos de la Mesa Directiva, se destaca:

» Citar a sesión especial de la Convención Constitucional el día martes 22 de marzo, entre 12:30 y 14 horas, en el Salón de Honor del Congreso Nacional, con el objeto de que la Presidenta de la Convención Constitucional dé cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de nueva Constitución, en virtud de lo señalado en el artículo 137, inciso segundo, de la Constitución Política de la República, con lo cual se entenderá prorrogado por tres meses el plazo indicado en el inciso primero».

Es por esto, que en Lupa Constitucional, decidimos explicarte qué significa esta prórroga y por qué no se hizo antes.

Convención utilizará prórroga

Fue el 15 de noviembre de 2019 en el Estallido Social que se aprobó el Acuerdo Por la Paz, documento que propuso el Plebiscito Constitucional.

En este Acuerdo Por la Paz Social y la Nueva Constitución, se señala en el punto11, el periodo de funcionamiento de la Convención:

“El plazo de funcionamiento del órgano constituyente será de hasta nueve meses, prorrogable una sola vez por tres meses.

Sesenta días posteriores a la devolución del nuevo texto constitucional por parte del órgano constituyente se realizará un referéndum ratificatorio con sufragio universal obligatorio.

En ningún caso este podrá realizarse sesenta días antes ni después de una votación popular”.

¿Qué dice la Constitución?

Es en la Constitución del país que en su Artículo 137, detalla la Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención:

«La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses.

Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva.

El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original».

Es por todo esto que María Elisa Quinteros anunció la citación especial del Pleno, para que se active legalmente la prórroga.

Hay que recordar que esta decisión era necesaria debido a que el cronograma de trabajo de la Convención  contemplaba los 12 meses, es decir, sumaba los tres adicionales.

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