En Lupa Constitucional te explicamos qué es la justicia vecinal que aprobó la Convención Constitucional.

Fue este martes que el Pleno de la Convención votó en particular el segundo Informe de la Comisión sobre Sistema de Justicia.

Uno de los puntos innovadores es el que contempla la justicia vecinal y la creación de los juzgados vecinales.

¿Qué aprobó el Pleno?

Lo primero en ser aprobado, fue el epígrafe «Justicia Vecinal» con 105 votos a favor, 36 en contra y 11 abstenciones.

Con 111 votos a favor, 29 en contra y 13 abstenciones de los constituyentes, se ratificó el Artículo 19:

Artículo 19.- De la justicia vecinal y los juzgados vecinales. La justicia vecinal se compone por los juzgados vecinales y los centros de justicia vecinal.

En cada comuna del país que sea asiento de una municipalidad habrá, a lo menos, un juzgado vecinal que ejerce la función jurisdiccional respecto de todas aquellas controversias jurídicas que se susciten a nivel comunal que no sean competencia de otro tribunal y de los demás asuntos que la ley les encomiende, conforme a un procedimiento breve, oral, simple y expedito.

¿Qué son los Centros de justicia vecinal?

Artículo 20.- Centros de justicia vecinal. Son órganos encargados de promover la solución de conflictos vecinales y de pequeña cuantía dentro de una comunidad determinada por ley, en base al diálogo social, la paz y la participación de las partes involucradas, debiendo priorizar su instalación en zonas rurales y lugares alejados de áreas urbanas.

Los centros de justicia vecinal deberán orientar e informar al público en materias jurídicas, haciendo las derivaciones que fuesen necesarias, así como ejercer las demás funciones que la ley les encomiende.
La organización, atribuciones, materias y procedimientos que correspondan a los centros de justicia vecinal se regirán por la ley respectiva.

¿Qué son los juzgados de policía local?

En redes sociales y medios se comentó que estos nuevos organismos, eliminarían a los actuales juzgados de policía local.

Por eso, primero hay que recordar qué son los juzgados de policía local, y para ello revisamos la Ley de los Juzgados de Policía Local.

Se destaca que en las ciudades cabeceras de provincias y en ciertas comunas, la administración de Justicia, será ejercida Jueces de Policía Local.

Ellos tienen entre sus competencias, conocer en primera instancia sobre:

a) Las infracciones de los preceptos que reglamentan el transporte por calles y caminos y el tránsito publico
b) La infracciones a las ordenanzas, reglamentos, acuerdos municipales y decretos de la Alcaldía
c) De las infracciones (listado)

¿Y qué implica lo aprobado?

Para comprender más en detalle los dos artículos aprobados por el Pleno de la Convención Constitucional.

En Lupa Constitucional, contactamos a la constituyente e integrante de la Comisión de Sistema de Justicia, Ingrid Villena para entender el tema.

En resumen, este nuevo concepto de justicia, contempla los juzgados vecinales y centros de justicia vecinal, y su composición y atribuciones serán detallas en la ley.

Sin embargo, tal como lo adelanta la constituyente, se busca un acompañamiento y un resolución colaborativa y distinta a la judicial.

Te recomendamos: Estas frases de constituyentes ex Lista del Pueblo no fueron dichas por ellos