Este lunes 19 de abril, la Convención Constitucional aprobó que el agua es un bien inapropiable, acá te contamos los detalles.

¿Qué ocurrió en la jornada?

El Pleno deliberó sobre el Informe de nueva segunda propuesta de la Comisión sobre Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico.

Es en este contexto, que se realizó la votación de temas como los bienes comunes naturales, y el acceso a la naturaleza.

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¿Qué aprobaron sobre el agua?

En la votación particular con 103 votos a favor, 40 en contra, 6 abstenciones, se sumó al borrador:

Artículo 12 A. (INCISO 1) Son bienes comunes naturales el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos; el subsuelo, y los demás que declaren la Constitución y la ley.

Luego, se sumo al borrador con 109 sufragios a favor, 37 en contra, 6 abstenciones:

INCISO 2: Entre estos bienes son inapropiables el agua en todos sus estados y el aire; los reconocidos por el derecho internacional; y los que la Constitución o las leyes declaren como tales.

Por lo tanto, el agua en sus diferentes estados pasa a ser inapropiable, es decir, nadie se la puede apropiar.

Las reacciones de los constituyentes

En redes sociales, gran cantidad de constituyentes se manifestaron por la ratificación de la norma, es el caso de la convencional, Ericka Portilla:

Otro constituyente que ocupó sus canales fue Daniel Stingo, el que celebró lo acordado por el Pleno:

Como ellos, muchos celebraron la aprobación de estos puntos, sin embargo, también hubo críticas respecto al tema.

Algunos constituyentes cuestionan lo que pueda ocurrir con los derechos de agua, es el caso de Constanza Hube:

Lo mismo hizo por su parte el convencional, Ricardo Neumann destacándolo como un «día negro»:

En resumen, a pesar de que no todos quedaron conformes, el agua pasa a ser un bien inapropiable en el borrador de Nueva Constitución.

Una diferencia con la carta magna actual en donde cerca del final del Artículo 19, se destaca:

«Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos».

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