En Lupa Constitucional te contamos por qué es falso que la Convención va a prohibir los contratos a honorarios.
¿Qué ocurrió?
Por redes sociales y en noticias se aseguraba que la Convención Constitucional habría aprobado la prohibición de los honorarios.
De hecho, en una nota de Chilevisión señalaban que la norma «prohíbe toda forma de precarización laboral tales como los contratos de honorarios».
Similar información han compartido personajes públicos como Felipe Kast, quien aseguró en Mesa Central que en una comisión se aprobó que «no pudieran haber boletas de honorarios en Chile».
Por el revuelo de la información, decidimos verificarlo y acá te contamos lo que ocurrió:
La Comisión de Derechos Fundamentales
Para corroborar la información difundida revisamos las votaciones que se han estado tratando en la Convención.
Y encontramos que el jueves recién pasado la Comisión de Derechos Fundamentales abordó los derechos sociales.
Entre ellos los relacionados con los derechos laborales, y aquí en una de las indicaciones se abordó el tema de las boletas.
Puntualmente en una indicación de la constituyente de la comisión y vicepresidenta adjunta, Giovanna Grandón.
¿Qué dice la indicación?
La indicación 117, proponía añadir un nuevo inciso al Artículo 9 sobre la «Protección del trabajo y derecho al trabajo decente»:
“La subcontratación estará permitida únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, tales como los contratos a honorarios que ocultan relaciones laborales o administrativas estables, o la tercerización y externalización de servicios”.
Norma que fue aprobada en particular con 17 votos a favor, 8 en contra y 8 abstenciones de los constituyentes.
¿Qué significa?
Tal como se menciona, la Convención no ha aprobado ninguna norma que plantee la eliminación de los contratos de honorarios.
De hecho, esta iniciativa, abordada en una comisión, busca prohibir que los empleadores tengan empleados con boletas de honorarios en vez de contratarlos, permitiendo esta subcontratación «únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa» en cuestión.
La aclaración de algunos constituyentes
Producto de la viralización de esas informaciones, algunos constituyentes salieron a aclarar el tema en su redes sociales:
Es el caso de la constituyente y coordinadora de la Comisión de Derechos Fundamentales, Janis Meneses.
1.- La norma no está aprobada, 2.- Busca habilitar una REGULARIZACIÓN de las externalizaciones fraudulentas y de los contratos a honorarios estables que ocultan relaciones laborales, 3.- Las afirmaciones vinculadas a despidos son una grosería para inducir miedo en la población.???? pic.twitter.com/CKadBSq6dG
— Janis Meneses Palma ☀️ (@JanisMeneses_D6) April 11, 2022
Por su parte, el constituyente Mauricio Daza, también detalló la norma aprobada:
Sigue la campaña de mentiras contra la @convencioncl. Es FALSO que se haya prohibido el trabajo a honorarios. Lo que se prohíbe es ocultar una relación laboral bajo la apariencia de una prestación de servicios independientes. Se coloca en la constitución algo que hoy es ilegal. pic.twitter.com/DxXtcrNrTe
— Mauricio Daza (@mdaza_abogado) April 11, 2022
En resumen, es falso que se va a prohibir los contratos a honorarios, más bien se va a regular su utilización.
Además, es una medida que aún ni siquiera se ha tratado en el Pleno de la Convención Constitucional.
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