Estamos en la última etapa del proceso constituyente y acá destacamos los 10 artículos más votados por la Convención.
Faltan 12 días para la entrega del borrador definitivo de nueva Constitución en la ceremonia del próximo 4 de julio.
Es por eso que en Lupa Constitucional te contamos de las normas que se han aprobado con más consenso entre las y los constituyentes:
1. Asistencia jurídica para la protección de niños, niñas y adolescentes
Esta norma tuvo un apoyo transversal y superó ampliamente los 2/3 requeridos, obteniendo 150 votos a favor y 1 abstención:
«Artículo 18.- Es deber del Estado otorgar asistencia jurídica especializada para la protección del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, especialmente cuando estos han sido sujetos de medidas de protección, procurando crear todas las condiciones necesarias para el resguardo de sus derechos».
2. Derecho a la vida
Otra de las propuestas que tuvo gran apoyo de los constituyentes, y que alcanzó los 146 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones:
«Artículo 23.- Derecho a la vida. Toda persona tiene derecho a la vida. Ninguna persona
podrá ser condenada a muerte ni ejecutada».
3. Diferenciación territorial
Siguiendo con artículos que recibieron respaldo, está el siguiente que obtuvo 145 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones:
«Artículo 17.- Diferenciación territorial. El Estado deberá generar políticas públicas diferenciadas y transferir las competencias que mejor se ajusten a las necesidades y particularidades de los entes territoriales, con los respectivos recursos. La ley establecerá los
criterios y requisitos para la aplicación de diferencias territoriales, así como los mecanismos de solidaridad y equidad que compensen las desigualdades entre los distintos niveles territoriales».
4. Cláusula residual
La posterior norma, tuvo 145 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones.
«Artículo 19.- Cláusula residual. Las competencias no expresamente conferidas a la Región autónoma corresponden al Estado, sin perjuicio de las transferencias de competencia que
regula la Constitución y la ley».
5. Un inciso sobre nacionalidad
Uno de los puntos que tuvo más apoyo (145 votos a favor) fue uno de los incisos sobre «nacionalidad», el cual considera que son chilenas y chilenos, aquellas personas que:
«4. Obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley».
6. Un inciso de Conectividad regional
Además, el segundo inciso del «Estado es garante de la conectividad del país» que logró los 144 votos, 1 en contra:
«Se fomentará la conectividad regional con especial atención a territorios aislados, rurales y de difícil acceso».
7. Derecho a la autodeterminación informativa
Ese punto obtuvo 143 votos a favor y 9 abstenciones:
«Artículo 27.- Derecho a la autodeterminación informativa. Toda persona tiene derecho a la protección de los datos personales. Este derecho comprende la facultad de acceder a los datos recogidos que le conciernen, ser informada y oponerse al tratamiento de sus datos y a obtener su rectificación, cancelación y portabilidad, sin perjuicio de otros que establezca la ley.
El tratamiento de datos personales sólo podrá efectuarse en los casos que establezca la ley, sujetándose a los principios de licitud, lealtad, calidad, transparencia, seguridad, limitación de la finalidad y minimización de datos».
8. Promover la diversidad cultural
Por otro lado, una de las propuestas tuvo 142 a favor, 6 en contra y 2 abstenciones:
«Artículo 12.- El Estado promueve, fomenta y garantiza el acceso, desarrollo y difusión de
las culturas, las artes y los conocimientos, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus
manifestaciones y contribuciones, bajo los principios de colaboración e interculturalidad.El Estado debe generar las instancias para que la sociedad contribuya al desarrollo de la creatividad cultural y artística, en sus más diversas expresiones.
El Estado promueve las condiciones para el libre desarrollo de la identidad cultural de las comunidades y personas, así como de sus procesos culturales.
Esto se realizará con pleno respeto a los derechos, libertades y las autonomías que consagra esta Constitución».
9. Firma de Ministra o Ministro en reglamentos y decretos
Este tema tuvo 141 sufragios a favor y 2 abstenciones de los constituyentes:
«Artículo 51.- Los reglamentos y decretos de la Presidenta o Presidente de la República deberán firmarse por la Ministra o el Ministro de Estado respectivo y no serán obedecidos sin
este esencial requisito.Los decretos e instrucciones podrán expedirse con la sola firma de la Ministra o Ministro de Estado respectivo, por orden de la Presidenta o Presidente de la República, en conformidad con las normas que establezca la ley».
10. Aclaración o rectificación
Por último, esta norma alcanzó los 141 a favor, 5 en contra y 5 abstenciones:
«Artículo 8.- Toda persona ofendida o injustamente aludida por un medio de comunicación e información tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea difundida gratuitamente por el mismo medio en que hubiese sido emitida.
La ley regulará el ejercicio de este derecho, con pleno respeto a la libertad de expresión».
Esta son normas que se encuentran en el borrador de nueva Constitución, y serán parte del texto que será entregado el próximo 4 de julio.
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