La propuesta de nueva Constitución, que será votada en el plebiscito del 4 de septiembre, modifica algunas cuestiones sustanciales sobre educación. Su principal enfoque es el fortalecimiento de la educación pública. Sin embargo, contempla una serie de cambios en todos los niveles educativos.

Derecho a la educación

La Constitución vigente, propone en el artículo 10 sobre el derecho a la educación que esta «tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida». Además, incluye que «los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho».

Por su parte, la propuesta actual comienza señalando «toda persona tiene derecho a la educación. La educación es un deber primordial e ineludible del Estado». Sin embargo, define más puntualmente qué signfica educación: «Es un proceso de formación y aprendizaje permanente a lo largo de la vida, indispensable para el ejercicio de los demás derechos y para la actividad científica, tecnológica, económica y cultural del país».

Asimismo, materializa sus fines; la construcción del bien común, la justicia social, el respeto de los derechos humanos y de la naturaleza, la conciencia ecológica, entre otros. También focaliza sus principios; cooperación, no discriminación, inclusión, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, etc.

Nuevo sistema de educación pública

La Constitución vigente indica que el Estado «deberá promover la educación parvularia y garantizar el acceso gratuito y el financiamiento fiscal al segundo nivel de transición». Además, tiene que financiar un sistema gratuito para la educación básica y media, así como «fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles».

Por su parte, la propuesta de nueva Constitución crea un Sistema Nacional de Educación. Este «está integrado por los establecimientos y las instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado». Con esto, el ejecutivo deberá articular, gestionar y financia un Sistema de Educación Pública de carácter laico y gratuito.

Por tanto, el organismo «debe financiar este sistema de forma permanente, directa, pertinente y suficiente a través de aportes basales, a fin de cumplir plena y equitativamente con los fines y principios de la educación».

Los apoderados

Una de las discuciones sobre educación en la nueva propuesta, es el rol que tendrán los apoderados, o tutores legales, de los alumnos. Por su parte, la Constitución actual afirma el derecho preferente de los padres- lo que la nueva no propone- y agrega que «los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos».

La propuesta incluye algo similar en el artículo sobre libertad de enseñanza. El primer punto menciona «se garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla», seguido por  «esta comprende la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes».

¿Educación privada?

Otra de las críticas a la nueva constitución, es por haber dejado fuera la libertad de crear colegios privados o subvencionados. De hecho, la propuesta indica que toda institución dependiente del Sistema Nacional de Educación tienen prohibida toda forma de lucro, lo que afecta principalmente a las instituciones subvencionadas, las con mayor participación en el país.

Sin embargo, con respecto a la educación superior, propone que «estudios de educación superior conducentes a títulos y grados académicos iniciales serán gratuitos en las instituciones públicas y en aquellas privadas que determine la ley».

De hecho, tampoco niega el derecho de abrir colegios con intereses lucrativos fuera del Sistema Nacional de Ecuación. Sin embargo, el enfoque constitucional de la educación es netamente público.

A su diferencia, a actual Carta Magna afirma que «la libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales».

Nuevos reconocimientos

La propuesta de nueva constitución agrega algunas materias nuevas con respecto a la anterior. Por ejemplo, «reconoce la autonomía de los pueblos y naciones indígenas para desarrollar sus propios establecimientos e instituciones de conformidad con sus costumbres y cultura», mientras mantenga como fin la educación en el concepto constitucional.

Además, propone que el Estado garantizará una educación ambiental, así como indica el derecho de una educación sexual integral.

Asimismo, innova en el reconocimiento de los trabajadores de la educación, entregándole una serie de derechos a quiene trabajen en instituciones de caracter público. También todo profesional tendrá libertad de cátedra por ley constitucional.

Por otra parte, se agrega el término «calidad», que deberá tener razón en fin de las características indicadas para el término «educación».

De aprobarse la nueva constitución, se levantarán las instituciones correspondientes, y la dirección de la educación seguirá los parámetros del texto.