En el Acuerdo por Chile senadores y diputados definieron ciertos parámetros que no pueden ser transgredidos. En esta nota explicamos cuáles son las bases constitucionales del proceso constituyente 2023.

A fines de enero la Cámara de Diputadas y Diputados, junto al Senado, seleccionó a los 14 miembros del Comité Técnico de Admisibilidad.

De acuerdo a la reforma constitucional, el organismo tiene como fin «resolver los requerimientos que se interpongan contra aquellas propuestas de normas aprobadas por la Comisión o por el plenario del Consejo Constitucional, o por la Comisión Experta, que contravengan los dispuesto en el artículo 154″.

El artículo 154, de la reforma constitucional, establece las bases institucionales y fundamentales que la propuesta de nueva Constitución debe contener.

¿Cuáles son las bases constitucionales del proceso constituyente?

En total son 12 bordes constitucionales establecidas en la ley 21.533, esta son:

1 .- Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.

2 .- El Estado de Chile es unitario y descentralizado.

3 .- La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. Además, la Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.

4 .- La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. Por lo tanto, el Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.

5 .- Chile es un Estado social y democrático de derecho, cuya finalidad es promover el bien común. Este reconoce derechos y libertades fundamentales, y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas.

6 .- Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.

La otra mitad de las bases constitucionales

7 .- Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí: Ejecutivo, Judicial y Legislativo.

8 .- Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, Justicia Electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.

9 .- Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales, tales como:

  • El derecho a la vida
  • La igualdad ante la ley
  • El derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones
  • La libertad de conciencia y de culto
  • El interés superior de los niños, niñas y adolescentes
  • La libertad de enseñanza
  • El derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros.

10 .- Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile.

11 .- La Constitución consagra, al menos, cuatro estados de excepción constitucional: de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.

12 .- Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.