¿Sabías qué dice el anteproyecto de la Comisión de Expertos sobre salud? Esta semana comenzó la votación en general del pleno sobre la propuesta que se entregará al Consejo Constitucional este 7 de junio. Esta fue elaborada durante los últimos dos meses por las subcomisiones del órgano.
Para la jornada de este martes, se presentaron 16 enmiendas para los 192 artículos que conforman el texto. El primer borrador aprobado en general cuenta con algunas pocas modificaciones y podrían ingresar más durante los próximos días. No obstante, los ánimos conciliadores de las partes hacen prever que se mantendrán los acuerdos en la mayoría de las materias.
Recordemos que la Comisión de Expertos– designada por el Congreso- debe definir un informe con los artículos que serán la base de la discusión de los consejeros. Tras la ratificación, modificación o supresión de los artículos en esta segunda instancia, se formará la propuesta constitucional que se someterá a Plebiscito el 17 de diciembre.
Estos son los 15 capítulos que propone la Comisión Experta para la nueva Constitución
¿Qué dice el anteproyecto de la Comisión de Expertos sobre salud?
En la discusión de la Comisión de Expertos- separada de forma equilibrada entre representantes de oposición y oficialismo- uno de los pocos puntos en que no se logró un acuerdo fue en la libertad de elección en el sistema de salud. Una normativa- que se aprobó inicialmente en general- indicaba que cada persona puede elegir su tipo de régimen de salud, sea estatal o privado. Sin embargo, fue eliminada del documento, ya que el oficialismo consideró que constitucionalizaba el sistema de isapres, que actualmente se encuentra en una grave crisis financiera.
Finalmente, inciso 16 del artículo 17 sobre «Derecho a la protección de la salud física, mental y social«, quedó con 3 articulos:
- El Estado protege el libre, igualitario y oportuno acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de dichas 8 acciones, asegurando su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, de conformidad a la ley.
- Las acciones de salud comprenden el acceso a los medicamentos de conformidad a la ley.
- El Estado deberá crear, preservar y coordinar una red de establecimientos de salud, de acuerdo con estándares básicos y uniformes de calidad.
Las enmiendas sobre salud
Además, este martes se votarán las enmiendas ingresadas. Entre ellas se encuentra una que propone agregar en el capítulo de Derechos Fundamentales el siguiente artículo:
«Toda persona es titular de derechos sexuales y reproductivos. Estos incluyen el derecho a tomar decisiones informadas y autónomas sobre su vida sexual y reproductiva, y acceder a las prestaciones de salud correspondientes, sin coacción ni discriminación. Incluyen también el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones».
Asimismo, se ingresó una enmienda que busca agregar en el primer inciso del artículo 17, que señala posterior a «El derecho a la vida», que:
«Nadie puede ser privado de su vida intencionadamente, salvo en los casos de legítima defensa. La ley protege la vida del que está por nacer y la maternidad vulnerable. En Chile se proscribe la pena de muerte”.
También agrega en el inciso 20 del mismo articulado la siguiente expresión:
“El Estado deberá respetar el derecho de los cotizantes a elegir libremente la institución que administre sus ahorros previsionales y los fondos que generen, garantizando la propiedad, heredabilidad e inexpropiabilidad de los mismos”.
Para aprobar cualquiera de estas normativas se necesitarán 3/5 de los integrantes, es decir 14 miembros. Cada sector político- oficialismo y oposición- cuenta con 12 representantes cada uno.