Uno de los puntos principales en una Constitución es la consagración de derechos, que ya se aprobaron en el pleno del Consejo para la nueva propuesta.

En general, no se vieron muchos cambios con respecto al texto actual, ya que se trata de normas fundamentales. Sin embargo, se incorporan algunos nuevos que no se encuentran en la Carta Magna, como el derecho a la vivienda adecuada.

En otros casos, existen cambios mínimos que podrían cambiar ciertas normativas. Por ejemplo, se estableció que «la ley protegerá la vida de quien está por nacer«, con respecto a nuestra legislación sobre el aborto.

Además, se definieron algunos mecanismos estatales para hacer valer los derechos a la salud (física y mental), a la vivienda adecuada, al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación.

En este sentido, el Estado solo podrá cumplir con las exigencias para estos derechos siempre y cuando considere:

  • El desarrollo progresivo para lograr la efectividad de estos derechos.
  • Asegurar el nivel adecuado de protección del derecho.
  • La no discriminación arbitraria.
  • Apartar las dificultades que impidan satisfacer estos derechos.
  • El empleo máximo de recursos disponibles, con responsabilidad fiscal.
  • Satisfacer estos derechos a través de instituciones públicas y privadas, según corresponda.

¿Qué derechos incluye la propuesta de nueva Constitución?

Actualmente el Consejo Constitucional aprueba en última instancia los artículos que irán en la nueva propuesta. Solo faltarían las recomendaciones de los expertos, que pueden ser aprobadas o no por la mayoría de los consejeros.

En este sentido, ya se tiene un panorama más o menos claro de cómo quedarán algunos temas. Durante este fin de semana se definieron gran parte de los derechos que irán en la propuesta constitucional.

El derecho a la vida aparece como el primer derecho consagrado, al igual que en la actual Carta Magna. También se replica el derecho a la integridad psíquica y física de las personas. En este punto se innova prohibiendo en todo caso la pena de muerte.

También se instaló la igualdad ante la ley, mencionando en específico la igualdad entre hombre y mujeres. Este punto lo deberá garantizar el Estado, sin quebrar los demás derechos consagrados constitucionalmente.

Además de los nombrados, la propuesta constitucional define el derecho a:

  • Vivir en un entorno seguro, siendo el Estado garante de la protección contra la delincuencia.
  • Vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
  • La libertad personal y seguridad individual, con el derecho de residencia y traslado por el territorio nacional.
  • Solo ser privado de libertad cuando la ley lo señale, y ser informado de de forma inmediata la razón.
  • El acceso a la justicia, con asistencia letrada y gratuita.
  • Respeto y protección de la honra y la vida privada del ciudadano y de su familia.
  • Trato digno y servicial por parte de los órganos del Estado.
  • Respeto y protección de datos personales y seguridad informática.
  • Derecho preferente de los padres para educar a sus hijos.
  • Libertad de expresión, pensamiento, consciencia y religión.
  • Derecho de asociarse sin aviso previo (excepto por las agrupaciones contrarias a la moral, al orden público y la seguridad del Estado). También se integra el derecho a sindicarse.
  • Derecho a la cultura.
  • Propiedad y adquisición de bienes (salvo los que por naturaleza sean comunes a todas las personas).
  • Propiedad intelectual.

La mayoría de estos derechos ya están en la actual Constitución (como el acceso a la justicia), mientras se incorporan otros (como el entorno seguro y la seguridad informática).