Vivienda, salud, medio ambiente y nacionalidad son algunos de los temas que ya aprobó el Consejo para la propuesta de Nueva Constitución. Durante los últimos días el pleno del órgano redactor se encuentra terminando el último borrador del texto constitucional.

Igual que en la Convención Constituyente, la vivienda es uno de los temas que más interesa a la población. En este caso, se distingue de su edición pasada, eliminando el concepto de «vivienda digna» del texto.

El 21 de septiembre el Consejo Constitucional aprobó el «derecho a la vivienda adecuada». Esta facultad no está consagrada en la Constitución actual, que ni siquiera nombra este término.

No obstante, este derecho sí está incluído en varios tratados internacionales de los cuales Chile es parte, como la Declaración Universal de Derechos Humanos.

¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución sobre vivienda?

El artículo 16 numeral 28 del capítulo II sobre Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales, menciona que se consagra «el derecho a la vivienda adecuada».

Sobre este tema en particular, además se incorpora que:

«El Estado promoverá, a través de instituciones estatales y privadas, acciones tendientes a la satisfacción progresiva de este derecho, con preferencia de acceso a la vivienda propia, de conformidad a la ley».

Asimismo, agregan que el aparato estatal deberá adoptar medidas que busquen el «acceso equitativo a servicios básicos, bienes y espacios públicos, una movilidad segura y sustentable, conectividad y seguridad vial«.

Además, durante este último proceso se incluyó la exención de contribuciones a la vivienda principal del propietario y su familia. Sobre este punto indican que la ley definirá cómo hacer valer este derecho.

De todas formas, el artículo 24 del mismo capítulo menciona que los derechos de vivienda, salud, saneamiento, agua, seguridad social y educación, deben ser realizados siempre y cuando considere:

  • El desarrollo progresivo para lograr la efectividad de estos derechos.
  • Asegurar el nivel adecuado de protección del derecho.
  • La no discriminación arbitraria.
  • Apartar las dificultades que impidan satisfacer estos derechos.
  • El empleo máximo de recursos disponibles, con responsabilidad fiscal.
  • Satisfacer estos derechos a través de instituciones públicas y privadas, según corresponda.

De todas formas, aún falta el informe que presentarán los expertos una vez termine de votar el pleno del Consejo. En este presentarán recomendaciones que pueden ser tomadas por el órgano, y que podrían cambiar parcialmente el contenido del texto.